Servicios Especializados
Las empresas tienen la autorización para llevar a cabo la
subcontratación de servicios especializados o la ejecución de obras
especializadas que no estén incluidas en el objeto social ni en la
actividad económica preponderante de la entidad beneficiaria, siempre y
cuando el contratista esté debidamente registrado en el Registro Público
de Empresas y Personas que realicen Subcontratación de Servicios
REPSE . Esta disposición permite a las empresas externalizar tareas
específicas que no estén directamente relacionadas con su función
principal, facilitando así la flexibilidad operativa y la eficiencia en
la gestión de proyectos. La condición de registro en el REPSE garantiza
que el contratista cumple con los requisitos legales y contribuye a la
transparencia en las relaciones laborales y comerciales. Este marco
normativo busca equilibrar la subcontratación con la protección de los
derechos de los trabajadores y asegurar un ambiente empresarial ético y
responsable.
Los servicios u obras complementarias o compartidas prestadas entre empresas de un mismo grupo empresarial, también serán considerados como especializados siempre y cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa que los reciba.
Los servicios u obras complementarias o compartidas prestadas entre empresas de un mismo grupo empresarial, también serán considerados como especializados siempre y cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa que los reciba.
¿Eres proveedor de Servicios Especializados y aun no cuentas con el REPSE?
Contratar servicios sin registro REPSE pone en riesgo a
ambas partes (clientes y proveedores) ya que ambos estarían incumpliendo
con la ley.